Information is Beautiful ha publicado una infografía donde podemos revisar donde se han llevado a cabo ataques informáticos a consecuencia de los cuales se han producido importantes fugas de datos.
Este tipo de situaciones ponen al descubierto la ineficacia o insuficiencia, de las medidas de seguridad que las empresas adoptan para su protección.
Si bien estas noticias suelen causar bastante alarma en la red, en general los responsables de las empresas lo ven como un tema “que afecta a otros” y nunca se ven a sí mismos como la víctima de este tipo de situaciones.
Debemos recordar que implantar medidas técnicas y organizativas que garanticen la seguridad de la información es una necesidad pero también una obligación.
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, es la normativa de referencia en materia de seguridad en el tratamiento de datos personales e impone una serie de obligaciones al respecto.
Su incumplimiento, si bien acarrea graves consecuencias económicas a las empresas infractoras tiene otra grave consecuencia, el deterioro de la imagen pública de estas empresas.
Pero no solo debemos preocuparnos por los Datos de carácter Personal sino en general por toda la información de nuestras organizaciones, aplicando medidas correctivas. Una auditoría de nuestra red perimetral o una revisión interna puede evitarnos muchos quebraderos de cabeza, y evitar andar a vueltas con las fugas de datos en nuestra empresa.
Autor: María del Carmen Areces
Departamento Comercial
http://www.informationisbeautiful.net/visualizations/worlds-biggest-data-breaches-hacks/ |
Este tipo de situaciones ponen al descubierto la ineficacia o insuficiencia, de las medidas de seguridad que las empresas adoptan para su protección.
Si bien estas noticias suelen causar bastante alarma en la red, en general los responsables de las empresas lo ven como un tema “que afecta a otros” y nunca se ven a sí mismos como la víctima de este tipo de situaciones.
Debemos recordar que implantar medidas técnicas y organizativas que garanticen la seguridad de la información es una necesidad pero también una obligación.
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, es la normativa de referencia en materia de seguridad en el tratamiento de datos personales e impone una serie de obligaciones al respecto.
Su incumplimiento, si bien acarrea graves consecuencias económicas a las empresas infractoras tiene otra grave consecuencia, el deterioro de la imagen pública de estas empresas.
Pero no solo debemos preocuparnos por los Datos de carácter Personal sino en general por toda la información de nuestras organizaciones, aplicando medidas correctivas. Una auditoría de nuestra red perimetral o una revisión interna puede evitarnos muchos quebraderos de cabeza, y evitar andar a vueltas con las fugas de datos en nuestra empresa.
Autor: María del Carmen Areces
Departamento Comercial